Guía Resumen

Indicaciones para la formulación y presentación de Presupuestos Institucionales 2027

Gobiernos Locales

Atención Esta guía resumen no sustituye la información contenida en las indicaciones oficiales.

Fechas límite

Presupuesto Inicial

30 de septiembre del año previo a su vigencia

Presupuestos Extraordinarios

Del 1° de enero al último día hábil de septiembre
(Excepcionalmente hasta octubre)

Requisitos de presentación

  • Presentación electrónica obligatoria en el SIPP.
  • Nota de remisión: PDF firmado por el/la Jerarca (digital o escaneado), cumpliendo requisitos normativos.
  • Certificaciones del Acuerdo de aprobación del Presupuesto, del POA y del Plan de Desarrollo Municipal emitidas y firmadas por la Secretaría del Concejo Municipal.

Los ingresos y gastos deben clasificarse según los clasificadores del Sector Público vigentes y estar justificados técnica y legalmente.

Justificación de ingresos

  • Detallar metodología, supuestos y base legal para cada ingreso.
  • Superávit libre y específico (antes 15 feb): Adjuntar estimación del resultado de liquidación.
  • Superávit libre: Para la aplicación del superávit libre se deberá presentar una justificación por cada subpartida.
  • Ingresos en moneda diferente al colón: Metodología de estimación del tipo de cambio, supuestos, modelos y fuentes de datos.
  • Otros ingresos: Para impuestos, tasas, tarifas, patentes y transferencias, observar lo solicitado en las indicaciones.

Justificación de gastos

Remuneraciones

Para plazas nuevas, servicios especiales que abarcan varios periodos (inversión y operativos) y aumentos salariales: Remitir fundamento jurídico, justificación de necesidad, certificación de RRHH, Cuadro N.°3, análisis de viabilidad financiera.

Servicios especiales menores a un año: Remitir Cuadro N.°4 completado y certificación de RRHH.

Aumentos y ajustes a incentivos salariales: Remitir acuerdo previo del Concejo, fundamento técnico-jurídico, análisis de viabilidad financiera y certificación de RRHH.

  • Transferencias: Base legal, beneficiario, fin y monto. Presentar a aprobación los presupuestos de beneficios patrimoniales a sujetos privados que superen las 15.000 U.D.
  • Deuda: Identificación, acreedor, amortización, comisiones, intereses y saldo.
  • Proyectos Inversión: Verificar información a presentar según estratos definidos en UDs (norma 4.2.14 NTPP). Presentar certificaciones para proyectos de obra pública (Ley N.° 9986).
  • Otros gastos: Observar lo señalado en las indicaciones

Requisitos del análisis de viabilidad financiera para aumentos salariales y creación de plazas

3 años

Mínimo de proyección de ingresos ordinarios y de gastos para nuevas plazas y/o aumentos salariales.

Análisis % gasto de plazas o aumentos salariales vs. remuneraciones, gasto corriente y total

Conclusión del análisis realizado y firma del responsable de la elaboración

Acuerdo de conocimiento de la viabilidad por parte del Concejo Municipal al momento de la aprobación de las plazas y de los aumentos salariales.

Documentación requerida

  • Certificación del bloque de legalidad: Emitida y firmada por el encargado de la formulación del presupuesto designado por el Jerarca.
  • Certificación sobre la aplicación del Art. 17 de la Ley N.° 9635.
  • Consulta Morosidad Patronal: En cumplimiento del art. 74 de la Ley Constitutiva de la CCSS.
  • Detalle de Origen y Aplicación de Recursos: Usar la plantilla publicada en la página web (Cuadro N.°1).
  • Plan Anual Operativo: Registrar en el SIPP el marco estratégico, productos, unidades de medida, indicadores y adjuntar la información.

Recursos complementarios

Es un requisito para la presentación del presupuesto inicial, la información podrá actualizarse o crear nuevos registros si surgen otras figuras durante el año.

Se debe registrar en el módulo correspondiente del SIPP la información de fideicomisos, fondos de gestión y figuras afines (Art. 4b de la Ley N.° 7428).

La institución debe coordinar internamente para asegurar el registro completo de todos los recursos.

La omisión, presentación incompleta, con inconsistencias o sin conocimiento del Concejo Municipal genera improbación total del presupuesto.

Contenido requerido

  • 1 Proyección de ingresos a nivel de grupo.
  • 2 Estimación de gastos según el Clasificador Objeto del Gasto a nivel de grupo subpartida.
  • 3 Vinculación con planes de mediano plazo.
  • 4 Supuestos técnicos y de contexto económicos detallados.
  • 5 Análisis de resultados de las proyecciones, riesgos y acciones.

Formato y presentación

Plantilla Oficial

Formato .xlsx obligatorio

Sin Alteraciones

Mantener estructura original

Aval del Jerarca

Acuerdo de conocimiento del Concejo Municipal

Actualización

En cada presupuesto extraordinario

Para apoyar en la elaboración se pone a disposición la “Guía orientadora para la elaboración y presentación de la Información Plurianual”.

Es responsabilidad de la Administración incorporar contenido para:

  • Gastos de servicios municipales considerando el art. 83 del Código Municipal.
  • Órdenes de Sala Constitucional y resoluciones judiciales.
  • El contenido para cumplir con todos los compromisos adquiridos -Crédito municipal-.
  • Pago del seguro de riesgos del trabajo.
  • Fondo de Capitalización Laboral (FCL)
    1.5%
  • Aprovisionamiento para gestión de riesgo y emergencias (Art. 45 de la Ley N.° 8488).
  • Aporte patronal al Régimen IVM
    5.58%
  • Aporte al CONAPDIS
    0.5%
  • Aporte al Comité Cantonal de Deportes
    3% mínimo
  • Recursos para auditorías externas y cumplimiento de norma 4.3.17 NTPP (liquidación presupuestaria).

Requerimientos para municipalidades que cuentan con Concejos Municipales de Distrito

Para aquellas Municipalidades que cuentan con Concejos Municipales de Distrito, observar los requisitos establecidos en las Indicaciones.

Leyes de Empleo Público

Partida "Remuneraciones" debe observar Leyes:
N.° 2166, N.° 9635 (Título III) y N.° 10159.

Recursos Ley N.° 8114

Son ingresos ordinarios con destino específico y no afectan el cálculo de salarios (Alcalde/sa), dietas o aportes a comités.

Reglas Presupuestos Extraordinarios

  • Máximo permitidos: 3 por año
  • Si contiene movimientos propios de una modificación presupuestaria, será archivado sin trámite.
  • Presentar en un plazo máximo de 15 días naturales tras la aprobación interna.
  • Si se incorpora superávit producto de la liquidación de compromisos, deberá ser presentado dentro de los dos meses posteriores a la fecha de la liquidación.