Atención Esta guía resumen no sustituye la información contenida en las indicaciones oficiales.
Fechas límite
Presupuesto Inicial
30 de septiembre del año previo a su vigencia
Presupuestos Extraordinarios
Deberán incluirse dentro de los cinco días hábiles contados a partir de su aprobación por parte del jerarca o del funcionario encargado que tenga esta potestad.
Requisitos de presentación
- Presentación electrónica obligatoria en el SIPP.
- Nota de Remisión: PDF firmado por el/la Jerarca (digital o escaneado), cumpliendo requisitos normativos.
- Incluir transcripción del acuerdo de aprobación interna.
Los ingresos y gastos deben clasificarse según los clasificadores del Sector Público vigentes y estar justificados técnica y legalmente.
Justificaciones de ingresos y gastos e información complementaria
Podrá utilizarse como referencia para su contenido, el detalle que señala en la norma 4.2.14 de las NTPP e incluir cualquier otro aspecto o detalle que se considere necesario para una mejor toma de decisiones por parte del Jerarca.
Documentación requerida
- Certificación del bloque de legalidad: Emitida y firmada por el encargado de la formulación del presupuesto designado por el Jerarca.
- Certificación sobre la aplicación del Art. 17 de la Ley N.° 9635.
- Consulta Morosidad Patronal: En cumplimiento del art. 74 de la Ley Constitutiva de la CCSS.
- Detalle de Origen y Aplicación de Recursos: Usar la plantilla publicada en la página web.
- Plan Anual Institucional: Registrar en el SIPP el marco estratégico, productos, unidades de medida, indicadores y adjuntar la información.
- POI y Dictamen de vinculación: Instituciones descentralizadas y órganos desconcentrados deben presentarlo junto al presupuesto inicial.
- Información con enfoque regional: Instituciones bajo la Ley N.° 10096 incorporar apartado con recursos destinados a financiar programas y proyectos asumidos en Mesas de Acuerdos para el Desarrollo Regional.
Recursos complementarios
Es un requisito para la presentación del presupuesto inicial, la información podrá actualizarse o crear nuevos registros si surgen otras figuras durante el año.
Se debe registrar en el módulo correspondiente del SIPP la información de fideicomisos, fondos de gestión y figuras afines (Art. 4b de la Ley N.° 7428).
La institución debe coordinar internamente para asegurar el registro completo de todos los recursos.
Contenido requerido
- 1 Proyección de ingresos a nivel de grupo.
- 2 Estimación de gastos según el Clasificador Objeto del Gasto a nivel de grupo subpartida.
- 3 Vinculación con planes de mediano plazo.
- 4 Supuestos técnicos y de contexto económicos detallados.
- 5 Análisis de resultados de las proyecciones, riesgos y acciones.
Formato y presentación
Plantilla Oficial
Formato .xlsx obligatorio
Sin Alteraciones
Mantener estructura original
Aval del Jerarca
Acuerdo de conocimiento
Actualización
En cada presupuesto extraordinario
Para apoyar en la elaboración se pone a disposición la “Guía orientadora para la elaboración y presentación de la Información Plurianual”.
Es responsabilidad de la Administración incorporar contenido para:
- Órdenes de Sala Constitucional y resoluciones judiciales.
-
Fondo de Capitalización Laboral (FCL)1.5%
- Pago del seguro de riesgos del trabajo.
- Aprovisionamiento para gestión de riesgo y emergencias (Art. 45 de la Ley N.° 8488).
-
Transferencia a Comisión Nacional de Emergencias (CNE)3%
-
Aporte patronal al Régimen IVM5.58%
- Recursos para auditorías externas y cumplimiento de norma 4.3.17 NTPP (liquidación presupuestaria).
Regla Fiscal (Ley N.° 9635)
Crecimiento máximo del gasto corriente y gasto total para 2027 respecto al 2026:
Límite 4.08%Presentación de documentos presupuestarios a la Autoridad Presupuestaria
Las instituciones bajo su ámbito deben remitir los documentos presupuestarios para verificar el cumplimiento de las Directrices y Lineamientos de Política Presupuestaria.
Leyes de Empleo Público
Partida "Remuneraciones" debe observar Leyes:
N.° 2166, N.° 9635 (Título III) y N.° 10159.
Comités Cantonales de Deporte y Recreación
Contemplar los requisitos establecidos en las Indicaciones.