Guía Resumen

Indicaciones para la formulación y presentación de Presupuestos Institucionales 2027

Instituciones no sujetas a aprobación externa de la CGR

Atención Esta guía resumen no sustituye la información contenida en las indicaciones oficiales.

Fechas límite

Presupuesto Inicial

30 de septiembre del año previo a su vigencia

Presupuestos Extraordinarios

Deberán incluirse dentro de los cinco días hábiles contados a partir de su aprobación por parte del jerarca o del funcionario encargado que tenga esta potestad.

Requisitos de presentación

  • Presentación electrónica obligatoria en el SIPP.
  • Nota de Remisión: PDF firmado por el/la Jerarca (digital o escaneado), cumpliendo requisitos normativos.
  • Incluir transcripción del acuerdo de aprobación interna.

Los ingresos y gastos deben clasificarse según los clasificadores del Sector Público vigentes y estar justificados técnica y legalmente.

Justificaciones de ingresos y gastos e información complementaria

Podrá utilizarse como referencia para su contenido, el detalle que señala en la norma 4.2.14 de las NTPP e incluir cualquier otro aspecto o detalle que se considere necesario para una mejor toma de decisiones por parte del Jerarca.

Esta información deberá incluirse en el SIPP.

Documentación requerida

  • Certificación del bloque de legalidad: Emitida y firmada por el encargado de la formulación del presupuesto designado por el Jerarca.
  • Certificación sobre la aplicación del Art. 17 de la Ley N.° 9635.
  • Consulta Morosidad Patronal: En cumplimiento del art. 74 de la Ley Constitutiva de la CCSS.
  • Detalle de Origen y Aplicación de Recursos: Usar la plantilla publicada en la página web.
  • Plan Anual Institucional: Registrar en el SIPP el marco estratégico, productos, unidades de medida, indicadores y adjuntar la información.
  • POI y Dictamen de vinculación: Instituciones descentralizadas y órganos desconcentrados deben presentarlo junto al presupuesto inicial.
  • Información con enfoque regional: Instituciones bajo la Ley N.° 10096 incorporar apartado con recursos destinados a financiar programas y proyectos asumidos en Mesas de Acuerdos para el Desarrollo Regional.

Recursos complementarios

Es un requisito para la presentación del presupuesto inicial, la información podrá actualizarse o crear nuevos registros si surgen otras figuras durante el año.

Se debe registrar en el módulo correspondiente del SIPP la información de fideicomisos, fondos de gestión y figuras afines (Art. 4b de la Ley N.° 7428).

La institución debe coordinar internamente para asegurar el registro completo de todos los recursos.

El documento anexo con los requerimientos indicados se considerará como requisito indispensable en la formulación del presupuesto.

Contenido requerido

  • 1 Proyección de ingresos a nivel de grupo.
  • 2 Estimación de gastos según el Clasificador Objeto del Gasto a nivel de grupo subpartida.
  • 3 Vinculación con planes de mediano plazo.
  • 4 Supuestos técnicos y de contexto económicos detallados.
  • 5 Análisis de resultados de las proyecciones, riesgos y acciones.

Formato y presentación

Plantilla Oficial

Formato .xlsx obligatorio

Sin Alteraciones

Mantener estructura original

Aval del Jerarca

Acuerdo de conocimiento

Actualización

En cada presupuesto extraordinario

Para apoyar en la elaboración se pone a disposición la “Guía orientadora para la elaboración y presentación de la Información Plurianual”.

Es responsabilidad de la Administración incorporar contenido para:

  • Órdenes de Sala Constitucional y resoluciones judiciales.
  • Fondo de Capitalización Laboral (FCL)
    1.5%
  • Pago del seguro de riesgos del trabajo.
  • Aprovisionamiento para gestión de riesgo y emergencias (Art. 45 de la Ley N.° 8488).
  • Transferencia a Comisión Nacional de Emergencias (CNE)
    3%
  • Aporte patronal al Régimen IVM
    5.58%
  • Recursos para auditorías externas y cumplimiento de norma 4.3.17 NTPP (liquidación presupuestaria).

Regla Fiscal (Ley N.° 9635)

Crecimiento máximo del gasto corriente y gasto total para 2027 respecto al 2026:

Límite 4.08%

Presentación de documentos presupuestarios a la Autoridad Presupuestaria

Las instituciones bajo su ámbito deben remitir los documentos presupuestarios para verificar el cumplimiento de las Directrices y Lineamientos de Política Presupuestaria.

Leyes de Empleo Público

Partida "Remuneraciones" debe observar Leyes:
N.° 2166, N.° 9635 (Título III) y N.° 10159.

Comités Cantonales de Deporte y Recreación

Contemplar los requisitos establecidos en las Indicaciones.