Anexos al reglamento de gastos de viaje y de transporte
Histórico de Reglamento de gastos de viaje y de transporte para funcionarios públicos
Este apartado contiene un histórico de las versiones del Reglamento de gastos de viaje y de transporte para funcionarios públicos (RGVTFP) a cargo de la Contraloría General de la República en virtud de lo dispuesto por la Ley N° 3462 de 26 de noviembre de 1964, con referencia de las respectivas resoluciones mediante las cuales fueron aprobadas las modificaciones, los datos de publicación de dichas resoluciones en el diario oficial La Gaceta, los períodos de vigencia de cada versión desde el año 2009 a la fecha, y una breve descripción de los aspectos modificados.
Se presenta al usuario, un sistema de búsqueda de los oficios en materia de viáticos emitidos por esta Contraloría.
Histórico gastos de alimentación
Histórico de tarifas de hospedaje al interior del país
Montos de pago de zonaje
Tipo | Monto |
---|---|
Mínimo | ¢21.631,00 |
Máximo | ¢144.225,00 |
Histórico Montos para pago de Zonaje
El pago del zonaje está regulado en el Decreto Ejecutivo N° 90-S.C., del 13 de diciembre de 1965 y sus reformas y según el cual este rubro corresponde a la compensación adicional que reciben los servidores que tengan que prestar sus servicios permanentemente en lugar distinto al de su domicilio legal, o que eventualmente permanezcan fuera de la circunscripción territorial de éste por más de un mes, en forma continua, siempre que la zona en donde realicen su trabajo justifique tal compensación de acuerdo con condiciones que el mismo decreto establece. Esta Contraloría fija el monto mínimo y máximo, que son comunicados anualmente a la Dirección General del Servicio Civil. Es responsabilidad de cada administración activa, establecer los montos a pagar.
La Contraloría General de la República fijaba periódicamente las tarifas para el pago del arrendamiento de vehículos de funcionarios de la Administración, con fundamento en el inciso l) del artículo 139 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa (Decreto N° 33411-H de 27 de setiembre de 2006 y sus reformas). Dicho artículo 139 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa forma parte del capítulo Materias excluidas de los procedimientos ordinarios de contratación. (La Ley de Contratación Administrativa es la Ley N° 7494 de 02 de mayo de 1995 y sus reformas).
La Ley N° 9986 de 27 de mayo de 2021 (Ley General de Contratación Pública, publicada en Alcance N° 109 a La Gaceta N° 103 de 31 de mayo de 2021) entró en vigencia el 01 de diciembre de 2022. Esta ley derogó la Ley N° 7494 de 02 de mayo de 1995 (Ley de Contratación Administrativa).
Como consecuencia de dicha derogatoria, el mencionado Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa (Decreto N° 33411-H) perdió su vigencia a partir del 01 de diciembre de 2022.
Por otra parte, el artículo 3 de la citada Ley N° 9986 enumera en forma taxativa las actividades que se exceptúan de los procedimientos ordinarios establecidos en ella, dentro de las cuales no figura el arrendamiento de vehículos de los funcionarios de la Administración, además de disponer que por reglamento no podrán crearse nuevas excepciones a dichos procedimientos ordinarios.
Por lo tanto, a partir de la entrada en vigencia de la Ley N° 9986 (Ley General de Contratación Pública) la Contraloría General de la República no autoriza la aplicación del sistema previsto en el inciso l) del artículo 139 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa (Decreto Ejecutivo Nº 33411-H), ni realiza revisiones ni fijaciones de las tarifas a que se refiere dicho inciso, tal y como lo comunicó en Resolución R-DC-00061-2022 de 14 de junio de 2022, publicada en La Gaceta N° 114 de 20 de junio de 2022.
En la siguiente imagen podra consultar la fórmula que se empleaba para el cálculo de las tarifas.
En la siguiente sección podrá consultar el histórico de tarifas de kilometraje.
Histórico de tarifas de Kilometraje